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Santo Domingo, R.D. — Pocas veces una discusión jurídica ha provocado tanto ruido en la República Dominicana como el debate generado por las disposiciones sobre libertad de expresión, difamación, privacidad digital y protección de funcionarios públicos contenidas en el nuevo Código Penal y en los proyectos legislativos relacionados con la comunicación digital.

Mientras sus defensores aseguran que las nuevas normas buscan proteger la dignidad humana, la privacidad y combatir los abusos cometidos a través de las redes sociales, sus críticos advierten que podrían convertirse en herramientas para limitar la fiscalización ciudadana, la denuncia periodística y la crítica al poder.

La controversia ha sido tan intensa que periodistas, abogados, activistas, comunicadores digitales y organizaciones nacionales e internacionales han levantado la voz para advertir sobre los riesgos que, según afirman, podrían afectar uno de los pilares fundamentales de cualquier democracia: la libertad de expresión.

Los artículos que han encendido las alarmas:

Artículo 192: Difusión de imágenes, audios y videos sin consentimiento

Esta disposición busca sancionar la publicación de imágenes, grabaciones o videos sin autorización de la persona afectada.

Sus defensores afirman que protege la privacidad y combate la manipulación digital.

Los críticos sostienen que podría producir conflictos cuando el material publicado tenga evidente interés público, especialmente en investigaciones periodísticas sobre corrupción, abuso de poder o actuaciones de funcionarios públicos.

La principal preocupación radica en determinar cuándo prevalece la privacidad individual y cuándo prevalece el interés colectivo de conocer determinada información.

Artículo 310: Ultraje a funcionarios públicos

Uno de los artículos más discutidos establece que constituye ultraje dirigir palabras, amenazas, escritos, imágenes u otros mensajes considerados contrarios a la dignidad personal o a las funciones de un funcionario o servidor público. Las sanciones contemplan prisión menor y multas.

Para algunos juristas, esta disposición puede ser interpretada de forma demasiado amplia.

La preocupación principal es que expresiones duras de crítica política puedan terminar siendo objeto de procesos judiciales.

Los defensores de la medida responden que la finalidad no es perseguir opiniones políticas sino proteger la dignidad de quienes ejercen funciones públicas frente a agresiones personales.

Artículos sobre difamación e injuria

El nuevo Código Penal mantiene figuras relacionadas con la difamación y la injuria.

La difamación se define como la imputación pública de un hecho que afecta el honor de una persona.

La injuria consiste en expresiones ofensivas que no necesariamente atribuyen un hecho concreto.

Los críticos señalan que la permanencia de penas privativas de libertad por expresiones o publicaciones puede generar autocensura.

Los defensores argumentan que toda persona tiene derecho a proteger su reputación frente a acusaciones falsas.

Artículo 324: El derecho a denunciar funcionarios

Un aspecto menos difundido es que el propio Código establece que las disposiciones sobre difamación e injuria no limitan el derecho de los ciudadanos a denunciar a funcionarios y empleados públicos por mal desempeño de sus funciones.

Este artículo suele ser citado por quienes sostienen que el Código no busca impedir las denuncias de corrupción.

Sin embargo, los sectores críticos responden que una denuncia legítima podría igualmente terminar generando procesos judiciales si la interpretación de otros artículos resulta demasiado amplia.

El problema de la ambigüedad

La discusión central no gira únicamente alrededor de las penas.

Muchos especialistas sostienen que el principal problema es la amplitud de algunos conceptos.

Palabras como:

  • «dignidad»
  • «ultraje»
  • «ofensa»
  • «honor»
  • «descrédito»

pueden ser interpretadas de distintas maneras por fiscales, jueces y tribunales.

Por esa razón, organizaciones defensoras de la libertad de expresión han insistido históricamente en que las restricciones a la palabra deben estar redactadas con la mayor precisión posible.

La pregunta que divide al país

Para unos, las nuevas disposiciones representan una actualización necesaria frente a los abusos de las redes sociales, las campañas de descrédito y la desinformación digital.

Para otros, constituyen una amenaza potencial contra la crítica política, el periodismo de investigación y la fiscalización ciudadana.

La discusión continúa abierta.

Y quizás la verdadera pregunta no sea si existe o no una «ley mordaza».

La pregunta es otra:

¿Podrá un ciudadano, un periodista o un medio digital denunciar, investigar y cuestionar al poder con la misma libertad que antes, sin temor a enfrentar procesos penales por sus opiniones o publicaciones?

Esa es la interrogante que hoy mantiene vivo uno de los debates más intensos de la República Dominicana.

“Una prensa libre puede ser buena o mala, pero sin libertad, la prensa nunca será otra cosa que mala.”

Albert Camus, filósofo y periodista francés

Para contacto con el autor: diarioextremodigital@gmail.com

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frase de la semana

«Si la libertad significa algo, es el derecho a decirle a la gente lo que no quiere oír.”

~ George Orwell

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